Curso académico 2024-2025

El Gobierno, a través del Real Decreto 874//2024, de 3 de septiembre 2024, ha regulado, con carácter excepcional y por razones de interés público y social, la concesión directa de subvenciones a universidades públicas para la financiación del incremento y del mantenimiento de plazas de Grado en Medicina en el curso académico 2024-2025. Este real decreto establece una financiación máxima de veintitrés millones doscientos veinte mil euros de los presupuestos de gastos del Ministerio de Sanidad.

Finalidad

  • a) Incrementar a medio plazo el número de médicos y médicas egresados de las universidades españolas para fomentar el acceso a la Formación Sanitaria Especializada en la titulación de Medicina.
  • b) Aumentar a largo plazo la disponibilidad de profesionales de la medicina como medida parcial frente al déficit de profesionales sanitarios de determinadas especialidades.

Entidades beneficiarias

Universidades públicas españolas que imparten estudios de Grado en Medicina, según relación del anexo I del Real Decreto 874//2024, de 3 de septiembre 2024.

Actuaciones a financiar

Las actuaciones objeto de financiación serán las siguientes:

  • a) Gasto corriente de las plazas de primer curso de Grado en Medicina incrementadas, por encima de la memoria de verificación* del plan de estudios, en el curso académico 2024-2025 y cuyas matrículas se mantienen activas a fecha 31 de diciembre de 2024, mediante gastos de personal y gastos corrientes en bienes y servicios.
  • b) Gasto corriente por el mantenimiento, en el curso académico 2024-2025, de plazas de segundo curso de Grado en Medicina que fueron incrementadas por encima de la memoria de verificación en el primer curso 2023-2024 y cuyas matrículas se mantenían activas a fecha 31 de diciembre de 2023, mediante gastos de personal y gastos corrientes en bienes y servicios.

*La memoria de verificación del plan de estudios del título de grado de cada universidad que se ha utilizado para el cálculo del número máximo de plazas incrementadas a financiar con el presente real decreto ha sido la que se tomó como referencia, a 22 de marzo de 2023, por la Comisión Delegada de la Conferencia General de Política Universitaria.

Pago de las subvenciones

Las cuantías concedidas a las universidades beneficiarias se abonarán bien mediante dos pagos de carácter anticipado, o bien mediante un pago único.

  • En el primer pago se podrá solicitar como máximo el 80% de las cuantías máximas que figuran en el anexo I del Real Decreto para cada universidad para la financiación de plazas de nuevo ingreso incrementadas y de segundo curso mantenidas, ambas por encima de la memoria de verificación, que cada entidad beneficiaria tenga previsto cubrir y acreditar a 31 de diciembre de 2024.
  • En el segundo pago, o en su caso, pago único se financiarán aquellas plazas que no fueron incluidas en la primera solicitud y que finalmente han quedado cubiertas de acuerdo al número de plazas máximo establecido en el Anexo I, tanto para primero como para segundo, del curso académico 2024-2025.

Procedimiento de concesión

https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do Se abrirá en una ventana nueva.

Publicidad y difusión

Las actuaciones de las universidades beneficiarias deberán destacar la subvención recibida, conforme a las siguientes indicaciones de imagen institucional, elaboradas según los Manuales de imagen institucional de la AGE. Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva.